Reforma del Reglamento de Extranjería: nuevas oportunidades para estudiar, trabajar y reagrupar a la familiar

Abogados Extranjería

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El Gobierno aprobó a finales de 2024 una profunda reforma del Reglamento de Extranjería, que entrará en vigor el 20 de mayo de 2025. Su objetivo es facilitar una integración real y efectiva de las personas migrantes, atendiendo tanto a sus derechos como a las necesidades sociales, demográficas y laborales del país.

Es importante destacar que esta reforma afecta exclusivamente al reglamento, no a la Ley de Extranjería. Su finalidad es corregir las carencias que dejó la reforma de 2022 y establecer una base más clara y simplificada para la política migratoria española.

Esta nueva normativa se sustenta en tres pilares fundamentales: trabajo, formación y familia, y busca un equilibrio entre la protección de derechos, la seguridad jurídica y la capacidad de respuesta del país ante el fenómeno migratorio.

Principales objetivos de la reforma

– Adecuar la normativa migratoria a la situación actual del país.

– Responder a las necesidades del mercado laboral español.

– Cumplir con la normativa europea, incorporando directivas pendientes.

– Simplificar trámites, eliminar duplicidades y reducir plazos administrativos

– Fortalecer la seguridad jurídica tanto para las personas migrantes como para las empresas.

– Ampliar derechos, especialmente en el acceso al empleo y la residencia legal.

Cambios clave en visados y autorizaciones

Una de las principales novedades es que las autorizaciones iniciales de residencia tendrán una duración estándar de 1 año, con renovaciones de 4 años, lo que aporta mayor estabilidad y previsibilidad.

Además, se elimina la necesidad de salir del país para cambiar de tipo de residencia. Esto facilita, por ejemplo, el paso de estudiante a trabajador o de reagrupado familiar a titular de un permiso laboral.

Se crean nuevas figuras de arraigo y se reduce en muchos casos el plazo de espera de 3 a 2 años.

Nuevas figuras de arraigo: más oportunidades de regularización

El nuevo reglamento actualiza y amplía las figuras de arraigo, que permiten regularizar la situación de personas que ya están asentadas en España. Se establecen cinco modalidades:

– Arraigo social: Para personas con vínculos familiares en España, que hayan residido durante un periodo de 2 años o que puedan demostrar integración social.

– Arraigo Socio Laboral: Para personas con ofertas de trabajo, que hayan residido durante un periodo de 2 años.

– Arraigo familiar: Dirigido únicamente a padres de menores europeos.

– Arraigo socio formativo: Permite regularizar a quienes lleven al menos 2 años en España si se comprometen a cursar estudios específicos que la administración dictaminara. Así mismo, se podrá trabajar hasta 30 horas semanales.

– Arraigo de segunda oportunidad: Una figura novedosa destinada a quienes hayan tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y no la hayan podido renovar.

Todas las figuras, salvo la familiar, otorgarán permisos de residencia y trabajo de 1 año, con posibilidad de renovación. Se estima que, gracias a esta vía, podrían regularizarse hasta 300.000 personas al año en los próximos tres años.

Estudiantes: compatibilidad entre estudios y trabajo

Los estudiantes que estén cursando estudios superiores podrán trabajar hasta 30 horas semanales durante su estancia en España, sin necesidad de solicitar un permiso adicional. La autorización por estudios tendrá la misma duración que el programa formativo cursado, lo que elimina la necesidad de renovar anualmente.

Además, se facilita el cambio de estatus migratorio una vez finalizada la formación, permitiendo una transición más rápida al mercado laboral.

Reagrupación familiar: más flexible y humanitaria. Se crea un Régimen específico para los Familiares de Españoles.

Se mejora y amplía el régimen de reagrupación familiar:

– La edad máxima de los hijos reagrupables pasa de 21 a 26 años para descendientes, y 80 para ascendientes.

– Se reconoce la posibilidad de reagrupar a parejas no registradas formalmente, siempre que se demuestre una relación afectiva estable.

– Se extiende el concepto de familia reagrupable a hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.

Todas estas mejoras beneficiarán especialmente a personas que han adquirido la nacionalidad española y desean reunir a sus familias en condiciones dignas y legales.

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